Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos [derogado]
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Los requerimientos generales de cualificación profesional del sistema productivo para este técnico son: Implantar, explotar y mantener en requerimientos de bajo y medio nivel los sistemas informáticos en que se apoya la gestión y administración de la empresa, prestando soporte directo o de primera línea a los usuarios finales y aplicando y cumpliendo con los requisitos legales vigentes en el sector.
Descripción
Este título fue sustituido por el de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red (Real Decreto 1629/2009).
Identificación
Ciclo: Grado Superior
Denominación: Técnico superior en administración de sistemas informáticos
Unidades de competencia inluidas en este título:
- Implantar y administrar sistemas informáticos en entornos monousuario y multiusuario.
- Implantar y administrar redes locales y gestionar la conexión del sistema informático a redes extensas.
- Implantar y facilitar la utilización de paquetes informáticos de propósito general y aplicaciones específicas.
- Proponer y coordinar cambios para mejorar la explotación del sistema y las aplicaciones.
Capacidades profesionales
a) | Organizar, administrar y controlar los servicios en sistemas informáticos monousuarios, multiusuario y en red. |
b) | Instalar y configurar sistemas informáticos en entornos monousuario y multiusuario. |
c) | Coordinar la puesta en marcha de redes de área local y la conexión a sistemas informáticos en redes extensas. |
d) | Organizar y administrar los recursos informáticos, compartidos y no compartidos, atendiendo a las necesidades y/o requerimientos de la empresa. |
e) | Implantar e integrar |
f) | Interpretar y aportar soluciones a las necesidades y requerimientos funcionales formulados por el/los usuario/s. |
g) | Definir y proponer cambios y mejoras en el sistema y aplicaciones encaminados a optimizar las prestaciones del sistema informático manteniéndose informado de las innovaciones, tendencias, tecnología y normativa aplicable. |
h) | Establecer y aplicar procedimientos que aseguren la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información. |
i) | Mantener relaciones fluidas con los miembros del grupo funcional en el que está integrada, responsabilizándose de la consecución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, organizando y dirigiendo tareas colectivas y cooperando en la superación de dificultades que se presenten, con una actitud tolerante hacia las ideas de los compañeros y subordinados. |
j) | Resolver problemas y tomar decisiones individuales sobre sus actuaciones o las de otros, identificando y siguiendo las normas establecidas procedentes, dentro del ámbito de su competencia, consultando dichas decisiones cuando sus repercusiones organizativas, económicas o de seguridad son importantes. |
k) | Actuar ante situaciones de posible emergencia, informando y solicitando ayuda a quien proceda, dirigiendo las actuaciones de los miembros de su equipo, y aplicando con seguridad y eficacia los distintos sistemas, medios o equipos para prevenir/corregir las mismas. |
Formación
Módulos Profesionales de este ciclo formativo
Código | Denominación | Duración |
---|---|---|
Sin código | Sistemas informáticos monousuario y multiusuario | 255 horas |
Sin código | Redes de área local | 290 horas |
Sin código | Implantación de aplicaciones informáticas de gestión | 260 horas |
Sin código | Fundamentos de programación | 285 horas |
Sin código | Desarrollo de funciones en el sistema informático | 175 horas |
Sin código | Sistemas gestores de bases de datos | 225 horas |
Sin código | Relaciones en el entorno de trabajo | 65 horas |
Sin código | Formación y orientación laboral | 65 horas |
Sin código | Formación en centro de trabajo | 380 horas |
Total: 2000 horas |
Convalidaciones entre módulos profesionales establecidos en el título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos, al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 y los establecidos en el título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOGSE 1/1990): Administración de Sistemas Informáticos | Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Administración de Sistemas Informáticos en Red |
---|---|
Sistemas informáticos monousuario y multiusuario. | 0369. Implantación de sistemas operativos. |
Redes de área local. | 0370. Planificación y administración de redes. |
Sistemas gestores de bases de datos. | 0372. Gestión de bases de datos. 0377. Administración de sistemas gestores de bases de datos. |
Fundamentos de programación. | 0373. Lenguajes de marcas y sistemas de gestión de información. |
Desarrollo de funciones en el sistema informático. | 0374. Administración de sistemas operativos. |
Implantación de aplicaciones informáticas de gestión. | 0376. Implantación de aplicaciones Web. |
Formación en centro de trabajo. | 0382. Formación en centros de trabajo. |
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
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0369. Implantación de Sistemas Operativos | UC0485_3. Instalar, configurar y administrar el software de base y de aplicación del sistema. |
0369. Implantación de Sistemas Operativos 0371. Fundamentos de Hardware | UC0223_3. Configurar y explotar sistemas informáticos. |
0371. Fundamentos de Hardware 0378. Seguridad y Alta disponibilidad | UC0484_3. Administrar los dispositivos hardware del sistema. |
0372. Gestión de Bases de Datos | UC0225_3. Configurar y gestionar la base de datos. |
0374. Administración de Sistemas Operativos | UC0485_3. Instalar, configurar y administrar el software de base y de aplicación del sistema. UC0490_3. Gestionar servicios en el sistema informático. |
0375. Servicios de Red e Internet | UC0495_3. Instalar, configurar y administrar el software para gestionar un entorno web. UC0496_3. Instalar, configurar y administrar servicios de mensajería electrónica. UC0497_3. Instalar, configurar y administrar servicios de transferencia de archivos y multimedia. |
0376. Implantación de Aplicaciones Web | UC0493_3. Implementar, verificar y documentar aplicaciones web en entornos internet, intranet y extranet. |
0377. Administración de Sistemas Gestores de Bases de Datos | UC0224_3. Configurar y gestionar un sistema gestor de bases de datos. |
0378. Seguridad y Alta disponibilidad | UC0486_3. Asegurar equipos informáticos. |
Normativa
- Orden EDU/392/2010, de 20 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red (Boletín Oficial del Estado, núm. 49 de 25 de febrero de 2010).
- Real Decreto 1629/2009, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y se fijan sus enseñanzas mínimas (Boletín Oficial del Estado, núm. 278 de 18 de noviembre de 2009).
- Real Decreto 1675/1994, de 22 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 239 de 6 de octubre de 1994).
- Real Decreto 1660/1994, de 22 de julio, por el que se establece el título de Técnico superior en Administración de Sistemas Informáticos y las correspondientes enseñanzas mínimas [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 234 de 30 de septiembre de 1994).
- Orden de 19 de julio de 2010, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 168 de 27 de agosto de 2010).
- Decreto 131/1995, de 16 de mayo, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 117 de 29 de agosto de 1995).
- Orden EDU/71/2010, de 21 de septiembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria, num 190 de 1 de Octubre de 2010).
- DECRETO 33/2010, de 26 de agosto, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red en la Comunidad de Castilla y León. (Boletín Oficial de Castilla y León, num 169/2010 de 1 de Septiembre de 2010).
- Decreto 210/2010, de 19 de noviembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura, núm. 227 de 25 de noviembre de 2010).
- Decreto 177/2010, de 1 de octubre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en administración de sistemas informáticos en red (Diario Oficial de Galicia, núm. 206 de 26 de octubre de 2010).
- Decreto 224/1997, de 30 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en administración de sistemas informáticos (Diario Oficial de Galicia, núm. 161 de 22 de agosto de 1997).
- Decreto 12/2010, de 18 de marzo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 89 de 15 de abril de 2010).
- Orden de 14 de marzo de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 69 de 23 de marzo de 2012).
- Decreto Foral 225/1996, de 27 de mayo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior, correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra, núm. 155 de 23 de diciembre de 1996 ).
- Decreto 244/2010, de 21 de septiembre, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 239 de 15 de diciembre de 2010).
- Corrección de errores de la Orden 1/2011, por la que se establece la estructura básica del currículo del ciclo formativo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja, núm. 29 de 4 de marzo de 2011).
- Corrección de errores de la Orden 1/2011, por la que se establece la estructura básica del currículo del ciclo formativo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja, núm. 29 de 4 de marzo de 2011).
- Orden 1/2011, de 10 de enero, por el que se establece la estructura básica del currículo del ciclo formativo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja, núm. 6 de 14 de enero de 2011).
- Orden 36/2012, de 22 de junio, de la , por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red (Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, núm. 6812 de 6 de julio de 2012).